Declarada APTA para el consumo el agua de la red municipal
Alerta Peligro medio de incendios forestales del 13 al 31 de octubre de 2026

Licencia de Primera Ocupación

Terminada la construcción de un edificio, cualquiera que sea su uso, el promotor o titular de la licencia o sus causahabientes, deberán solicitar ante el Ayuntamiento correspondiente la licencia de primera ocupación, a cuya solicitud acompañarán el certificado o documento de fin de obra.

El Ayuntamiento, previa comprobación técnica de que la obra se ha realizado con sometimiento al contenido del proyecto o, en su caso, a los condicionantes impuestos en la licencia de construcción, otorgará la de primera ocupación si el uso es conforme con las prescripciones de estas Normas.

Documentación Necesaria

  • Solicitud
  • Certificado final de obra de Arquitecto y Aparejador.
  • Justificante de tener solicitado el alta del edificio en Catastro.

 

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