En relación con la ocupación de los puestos en las Fiestas Patronales que, por sus características especiales, tamaño y necesidad de emplazamiento en las vías principales de este municipio, requieren una tasa especial dentro de la Ordenanza Fiscal nº 13, por lo que, en uso de las atribuciones que me confiere la vigente legislación he resuelto:
PRIMERO: Establecer la siguiente tarifa:
- Licencia para ocupaciones de terreno con casetas, tómbolas ... etc. 40 €/m.l.
-Licencia para ocupaciones con de terreno con camas, carruseles grandes y similares, con aforo superior a 15 personas, 900 €.
-Licencia para ocupaciones de terreno con Camas o Toboganes y similares, con aforo igual o inferior a 15 personas, 600 €.
- Licencia para ocupaciones de terreno con Pista coches de choque adultos, 3.500 €.
- Licencia para ocupaciones de terreno con Master o Pulpos y similares 1.500 €.
- Licencia para ocupaciones de terreno con Churrerías o similares 800 €.
- Licencia para ocupaciones de terreno con Bares o similares 600 €.
- Licencia para ocupaciones con quioscos de venta de comidas preparadas 80 €./m.l.
-Licencia corte de la vía pública, para la celebración puntual de espectáculos, conciertos y otros eventos lúdicos públicos o privados 13 euros / hora.
SEGUNDO: Establecer una fianza de 250 € para todas las explotaciones que se aprovechen de la ocupación con churrerías, atracciones y bares, que deberán ser abonadas en el momento de su instalación.
TERCERO: Notifiquese el contenido íntegro de la presente resolución al Servicio Municipal de Recaudación."