Por medio del presente se pone en conocimiento de todos los vecinos que por el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, con fecha de 25 de junio de 2.018, se ha dictado la resolución que a continuación se transcribe literalmente. (Dec.: 637/20118):
Conforme a las conversaciones mantenidas con los distintos Grupos Políticos, al efecto de retrasar la celebración del Pleno Ordinario del próximo día 26 de junio, con el fin de incluir algunos asuntos de importancia en el mismo.
En uso de las facultades que la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local me atribuye, HE RESUELTO:
PRIMERO.- Retrasar el Pleno Ordinario de 26 de junio de 2.018, al próximo día 31 de julio de 2.018 y, por tanto, aunque dicho Pleno tenga carácter de extraordinario, incluir en el Orden del Día, ruegos y preguntas.
SEGUNDO.- Dar cuenta a todos los señores/as Concejales/as para su conocimiento y efectos.
BANDO
CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE BARBACOAS AL AIRE LIBRE EN EL CASCO URBANO DE LAS NAVAS DEL MARQUÉS
La ORDEN MAM/851/2010, de 7 de junio, modificada por la ORDEN FYM 123/2013 de 15 de febrero, por la que se declaran zonas de alto riesgo de incendio en la Comunidad de Castilla y León, incluye el Municipio de Las Navas del Marqués como zona de alto riesgo de incendio.
Dicha Orden regula el uso del fuego en los montes y los terrenos rústicos situados a menos de 400 m del terreno forestal, en los cuales está prohibido el uso del fuego y de herramientas que puedan provocar chispas en el período considerado de alto riesgo, que viene fijado en la Orden FYM/674/2018 de 12 de junio, que establece la época de peligro alto entre el 1 de julio y el 30 de septiembre para el presente año.
Siguiendo las disposiciones en materia de prevención de incendios forestales, dentro del casco urbano es la Administración Municipal quien debe regular el uso del fuego y, más concretamente, de las barbacoas al aire libre en dicho entorno.
Por todo ello, y en lo concerniente a la época de peligro alto de incendios, se fijan las condiciones en las cuales puede hacerse uso de las barbacoas en el casco urbano de Las Navas del Marqués y las urbanizaciones de Los Matizales, Barrio de la Estación y Ciudad Ducal.
- Las barbacoas serán preferentemente cerradas y dotadas de sistema matachispas. En caso de ser abiertas deberán estar rodeadas de suelo artificial, césped o pradera natural desbrozada.
- Las barbacoas portátiles deben ser ubicadas lo más alejado posible de zonas colindantes con vegetación.
- Deberá contarse con mangueras o algún dispositivo de extinción para hacer frente a un posible fuego en la ubicación de la barbacoa.
- Queda prohibida la utilización de barbacoas en el casco urbano cuando exista riesgo extremo de peligro de incendio forestal o cuando existan alertas por elevadas temperaturas emitidas por organismos oficiales.
A este respecto, pueden consultarse los mapas de alertas por riesgos meteorológicos e incendios en la web de la Agencia Estatal de Meteorología (http://www.aemet.es) o en el Servicio de Alerta Meteorológica en Europa http://www.meteoalarm.eu/.
Se agradece su colaboración
Las Navas del Marqués, a 1 de agosto de 2018
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo.: Gerardo Pérez García.
Mediante Resolución de Alcaldía nº 886/2018 , de fecha 14 de agosto de 2018 se aprobó definitivamente el Plan de Despliegue de una red de comunicaciones electrónicas mediante fibra óptica FTTH en el municipio de Las Navas del Marqués.
La Resolución de aprobación definitiva tiene el tenor literal siguiente:
Visto que con fecha de 11 de febrero de 2018, fue presentado escrito por Francisco Javier Rodríguez en representación de la operadora VINFORTALIA S.L., en el que se comunicaba la intención de comenzar el despliegue de una red de comunicaciones electrónicas a través de fibra óptica FTTH en el municipio y presenta un Plan de Despliegue para su aprobación municipal.
Visto que con fecha 18 de junio de 2018, los Servicios Técnicos Municipales informaron favorablemente sobre las condiciones técnicas del Plan de Despliegue.
Visto que el Plan de Despliegue fue sometido a información pública durante el plazo de diez días mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila nº 122 de fecha 26 de junio de 2018.
Visto que en el período de información pública, no se presentaron alegaciones.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar definitivamente el Plan de Despliegue de un red de comunicaciones electrónicas mediante fibra óptica FTTH en el municipio de Las Navas del Marqués presentado por Francisco Javier Rodríguez en representación de la operadora VINFORTALIA S.L.
La instalación de cada uno de los tramos de la red prevista en dicho Plan de despliegue que suponga la ocupación de terrenos de dominio público, requerirá la obtención previa de licencia municipal. El resto de instalaciones está sujeta al régimen de declaración responsable.
SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su general conocimiento.
TERCERO. Notificar la presente Resolución a los interesados, con indicación de los recursos pertinentes.
En Las Navas del Marqués, a 14 de agosto de 2018
EL ALCALDE- PRESIDENTE.
Las contrataciones de personas con discapacidad efectuadas por esta entidad beneficiaria han sido formalizadas al amparo de la orden EMP/475/2017, de 13 de junio, por las que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el FSE y dirigidas a entidades locales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, para la contratación temporal de personas con discapacidad para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social, con cargo al programa operativo de Castilla y León 2014-2020.
Por Acuerdo del Pleno municipal de fecha 31/07/2018, se aprobó inicialmente la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués.
Conforme determina el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el cual los interesados podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Se considerará aprobada definitivamente la modificación de la relación si durante el citado plazo no se hubieren presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.
Publicado en el BOP de Ávila el día 30 de agosto de 2.018. El plazo para presentar reclamaciones finaliza el 20 de septiembre de 2.018 (inclusive)
Con motivo de la instalación de una válvula reductora de presión en la red general de abastecimiento de agua de este municipio, por medio del presente se hace público para general conocimiento que, el próximo MIÉRCOLES DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2018, SE CORTARÁ EL SUMINISTRO DE AGUA EN TODA LA POBLACIÓN A PARTIR DE LAS 15:00 HORAS, estando previsto que los trabajos duren entre 10 y 12 horas. Se ruega a todos los afectados, que sean previsores y almacenen agua suficiente para las horas previstas, haciendo un uso racional de la misma.
Este Ayuntamiento va a proceder a la contratación de personal laboral temporal para los siguientes puestos de trabajo:
A la vista de lo anterior, se hace público para general conocimiento que los candidatos que estén interesados y que cumplan los requisitos aprobados en las bases publicadas en la página web (www.lasnavasdelmarques.es) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, deben presentar los documentos indicados en las citadas bases, en el plazo de 10 días naturales desde la publicación del bando (hasta las 14:00 horas del día 12 de noviembre de 2018).
Los candidatos deberán estar inscritos en el Servicio Público de Empleo como desempleados o en situación de mejora de empleo.
Conforme al artículo 7 de la ORDEN FYM/238/2016, de 4 de abril, sobre emisión de informes previos en el procedimiento de aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico, se publica la documentación del instrumento
Este Ayuntamiento va a proceder a la contratación de personal laboral temporal para cubrir los siguientes puestos de trabajo:
-Conductor del servicio de recogida de basura (una plaza)
-Oficial de albañilería de primera (dos Plazas)
-Operario de Limpieza Edificios e instalaciones (una plaza)
-Vigilante Conserje Instalaciones y Edificios Municipales (una plaza)
-Operario de Control de punto Limpio y Centro de Lavado y Desinfección (una plaza)
A la vista de lo anterior, se hace público para general conocimiento que los candidatos que cumplan los requisitos aprobados en las bases publicadas en la página web (www.lasnavasdelmarques.es) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, pueden presentar sus solicitudes hasta el próximo lunes día 14 de enero de 2019, a las 14:00 horas.
Los candidatos deberán estar inscritos en el Servicio Público de Empleo como desempleados o en situación de mejora de empleo.
Comunicado al Ayuntamiento, el propósito de celebrar elecciones por el Personal Laboral del Ayuntamiento de Las Navas del Marqués, en fecha 11 de febrero de 2019, de conformidad con el artículo 25 c) del Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa, aprobado por Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, y con el artículo 67.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, se dará publicidad en el Tablón de Anuncios y web municipal del preaviso de la celebración de las elecciones.
Dicho preaviso estará expuesto al público hasta el inicio del proceso electoral.